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Fallo del TCP reconoce derecho propietario del municipio sobre mercado Mutualista

El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), falló a favor de la Alcaldía municipal de Santa Cruz de la Sierra en la Acción Popular que se presentó por los predios del mercado Mutualista, informó la abogada, Angélica Apodaca, en representación del sector gremial.

El fallo constitucional reconoce el derecho propietario del municipio de Santa Cruz de la Sierra sobre los predios del mercado Mutualista, pero también admite que el demandante Nelson Miguel Crapuzzi tiene también un derecho propietario que no estaría en los terrenos en pugna donde está dicho mercado y dispone este conflicto se resuelva en la vía ordinaria.

“Salió el auto constitucional del Amparo Constitucional que había planteado el accionante Nelson Miguel Crapuzi, quien decía ser que era dueño del mercado mutualista. Le hemos ganado en su propia cancha”, señaló la abogada Angélica Apodaca, en representación del sector gremial.

Asimismo, explicó que Crapuzzi interpuso una queja de incumplimiento de la sentencia 531. Entonces, ante esa situación, los gremiales, el municipio y diferentes sectores impugnaron ese recurso de queja en la sentencia 531.

“El Tribunal Constitucional saca este auto constitucional donde nos menciona y reconduce la sentencia constitucional evidenciando que existió una mala interpretación de la sentencia 531 y que nunca otorgó un derecho propietario al señor Nelson Miguel Crapuzzi”, argumentó la jurista.

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En la vía ordinaria

Según el fallo, el conflicto por el derecho propietario del mercado Mutualista de Santa Cruz de la Sierra, entre la familia Crapuzzi y el Gobierno Municipal, debe definirse en la vía ordinaria.

Y no dio lugar a los recursos de queja por presunto incumplimiento de la sentencia constitucional 0531/2024-S3 por no haberse interpuesto dentro del plazo de tres días hábiles.

En criterio de los abogados de los gremiales, el fallo protege el derecho propietario del Gobierno Municipal de Santa Cruz y el derecho a la fuente laboral de quienes ocupan este centro de abasto.

De igual forma explicó que los terrenos que reclama Nelson Crapuzzi se encontrarían a un kilómetro y medio del mercado Mutualista y no en la ET3, como lo venia señalando.

“Esto significa que el señor Nelson Miguel Capuzzi nunca fue propietario del mercado Mutualista y que sus terrenos se encuentran a un kilómetro y medio del mercado”, dijo la abogada.

Los gremiales sostienen que el fallo está respaldado por estudios geográficos y cartográficos que establecen una distancia aproximada de un kilómetro y medio entre la propiedad de Crapuzzi y el mercado Mutualista.

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