Redacción
El Anteproyecto de Ley del Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud establece una clasificación del personal sanitario basada en el Marco Español de Cualificaciones para el Aprendizaje Permanente (MECU), situando a los odontólogos en el Grupo 7, mientras que reserva el Grupo 8 para profesionales con especialidad o doctorado. Ante esta clasificación, el Consejo General de Dentistas de España ha mostrado su preocupación al considerar que mantiene una clasificación profesional que resulta claramente perjudicial para la profesión odontológica.
Los odontólogos cuentan con una formación universitaria de 300 créditos ECTS, que les habilita para el diagnóstico, la prescripción y el tratamiento odontológico y quirúrgico, con plena responsabilidad sanitaria. Sin embargo, el criterio adoptado en el anteproyecto equipara su nivel a otras titulaciones con menor carga formativa o condiciona su reconocimiento a las especialidades oficiales en Odontología, inexistentes en la actualidad en España.
El Consejo General de Dentistas manifiesta que la clasificación del anteproyecto impide a los odontólogos acceder al grupo de mayor nivel profesional
“Desde nuestra organización estamos trabajando activamente para trasladar a las autoridades competentes la necesidad de que dicha reforma no suponga, en ningún caso, un retroceso en el reconocimiento de la profesión odontológica ni sirva para situar al dentista en una posición inferior respecto a otros profesionales sanitarios, garantizando siempre la adecuada valoración de sus competencias, formación y responsabilidad asistencial”, declara el Consejo General de Dentistas.
Exigencias del Consejo General de Dentistas
Según el consejo, esta situación genera una “discriminación estructural”, ya que impide a los odontólogos acceder al grupo de mayor nivel profesional (Grupo 8), a diferencia de otros profesionales sanitarios que sí disponen de un sistema de especialización reconocido. Además, el propio Anteproyecto afirma como principio que la diversidad profesional no debe ser fuente de desigualdad dentro del Sistema Nacional de Salud (SNS), lo que resulta contradictorio con la clasificación propuesta para los dentistas. Además, el consejo manifiesta que existe una incoherencia: titulaciones distintas que conducen al ejercicio de las mismas funciones asistenciales pueden quedar encuadradas en grupos diferentes, lo que vulnera los principios de equidad, coherencia y reconocimiento profesional.


En este contexto, el consejo exigen la creación de un Estatuto propio para facultativos o la modificación inmediata del Anteproyecto, con el fin de que los odontólogos sean incluidos en el Grupo 8, en reconocimiento a su nivel formativo, competencias y responsabilidad sanitaria; la creación de especialidades oficiales en Odontología, que permita equiparar a España con el resto de los países europeos y evitar situaciones de desigualdad estructural; y la revisión de los criterios de clasificación profesional, para garantizar que se ajusten a la realidad asistencial y a las competencias efectivas de cada profesión sanitaria.


