Gema Maldonado Cantero
El Ministerio de Sanidad ha sacado a audiencia pública este viernes el Anteproyecto de Ley del Estatuto Marco que determina las condiciones laborales básicas de los trabajadores de los servicios de salud. Es el siguiente paso de su tramitación y establece un plazo de 20 días (hasta el 26 de junio) para que organizaciones, entidades y profesionales puedan enviar aportaciones al anteproyecto.
El texto del Estatuto Marco ha puesto en pie de guerra a los médicos, que lo rechazan frontalmente, y la versión publicada también incluye cambios en materia de jubilación anticipada con respecto a lo acordado con los sindicatos del Ámbito de Negociación. Estas organizaciones, Satse-FSES, CCOO, UGT Servicios Públicos y CSIF (CIG-Saúde no firmó el acuerdo con Sanidad), están analizando el texto detalladamente.
Hasta el 26 de junio se podrán enviar alegaciones al Anteproyecto de Ley del Estatuto Marco
El cambio más significativo se refiere a una de las líneas rojas para el Ámbito de Negociación y una de las que más complicó la negociación: el acceso a la jubilación voluntaria anticipada. En el nuevo texto desaparece cualquier implicación del Ministerio de Sanidad en el proceso de solicitud de la jubilación anticipada a través de coeficientes reductores establecidos por la Seguridad Social. Este era uno de los acuerdos importantes para los sindicatos del Ámbito.
En el acuerdo que alcanzaron en enero, la disposición adicional decimosexta sobre «solicitud de coeficientes reductores de la edad de jubilación» señalaba que el Ministerio de Sanidad se encargaría de elaborar los informes técnicos sobre las ocupaciones o actividades que impliquen penosidad, toxicidad, peligrosidad o insalubridad dentro del SNS, junto con los sindicatos del Ámbito y con las comunidades. Estos informes debían ser la base para que los sindicatos y las propias administraciones públicas, junto con el Ministerio, pudieran iniciar el procedimiento para aplicar coeficientes reductores que permitan anticipar la edad de jubilación.
Desaparece del texto la disposición que señalaba que el Ministerio de Sanidad elaboraría informes sobre las ocupaciones que impliquen penosidad o insalubridad dentro del SNS para iniciar la solicitud de aplicar coeficientes reductores
También desaparece la disposición final quinta del texto, que establecía una modificación del Real Decreto de 2025 del Ministerio de Seguridad Social que regula el procedimiento para adelantar la jubilación mediante coeficientes reductores. Esta modificación consistía en añadir un artículo que indicaba que el Ministerio de Seguridad Social solicitaría a Sanidad un informe para iniciar el procedimiento de jubilación anticipada para el persona estatutario de los sistemas sanitarios.
En cuanto a la jubilación parcial, en la comparación del borrador del Estatuto Marco acordado en enero, se han eliminado algunas referencias. Se mantiene una disposición adicional (la decimoséptima en el borrador que pasa a ser decimosexta en el anteproyecto) que indica que este tipo de jubilación se aplicará a los estatutarios en los mismos términos establecidos para el resto de empleados públicos, de forma que las condiciones, los requisitos, las modalidades serán las mismas que para el resto de funcionarios y que la adaptación de estos aspectos al personal estatutario será mediante «normas de desarrollo en la medida en que las particularidades de este personal lo hagan necesario».
En la comparación del borrador del Estatuto Marco acordado en enero, se han eliminado algunas referencias sobre la jubilación parcial
La versión actual aclara en su disposición transitoria segunda, que hasta que estén en vigor esas normas de desarrollo específicas para el personal estatutario, solo se podrá solicitar la jubilación voluntaria total (no parcial) siguiendo los requisitos y condiciones que establece el régimen de Seguridad Social. De nuevo, en este aspecto, todo dependerá del Ministerio de Seguridad Social.
