Hoy festejamos como un logro que los gobiernos no sean impuestos, sino que sean resultado de la elección popular como una expresión de la soberanía popular. Si bien esta expresión se basa en la llamada democracia de mayorías, la sola conquista de este derecho a elegir a nuestros gobernantes se equipara a que el gobierno de la mayoría sea considerado el gobierno de todos.
¿Cómo lograr que un gobierno elegido por una parte de la sociedad —así esa parte sea la mayoritaria— pueda considerarse un gobierno de todos? La respuesta se encuentra en que el gobierno no sea solo concebido como la acción política de esta mayoría frente a las minorías, sino como la acción política responsable de la administración del poder público, es decir, un poder limitado que se basa en la Constitución y en las instituciones públicas, mismas que están dispuestas a la realización del bien común y al cumplimiento de los derechos y garantías, no solo de las mayorías que eligieron al gobierno, sino de todos. Se trata, pues, de un gobierno al servicio de toda la población; por ello, en los diseños de gobierno se encuentran presentes las mayorías y las minorías, así como el resguardo de los derechos de todos.
Entonces, la legitimidad democrática comienza por ser concebida de forma dual: como legitimidad de origen —elección popular— y legitimidad funcional —gobierno al servicio de la población—.
La relación de ambas —legitimidad de origen y legitimidad funcional— en la etapa electoral se plasma en que el gobierno a ser instituido sea el resultado de la elección popular —legitimidad de origen—, es decir, gana las elecciones quien obtiene una mayoría de votos frente a otras posibilidades; y, por otro lado, que la institución electoral, encargada de llevar a cabo la elección popular, así lo garantice —legitimidad funcional—, de tal manera que en ningún momento se permita o se perciba que el gobierno hubiera sido impuesto. Todo gobierno impuesto, así sea por explicaciones de la autoridad electoral, tendrá una falta de legitimidad de origen, y la instancia electoral será vista con una falta de legitimidad funcional. Todo ello acarrea la falta de confianza en la autoridad.
A la legitimidad de origen y a la legitimidad funcional, las democracias modernas erigen otras formas adicionales de legitimidad. El profesor emérito del Collège de France, Pierre Rosanvallon, suma a la legitimidad de origen y funcional la legitimidad de imparcialidad, de reflexividad y de proximidad. Veamos brevemente cada una de ellas.
La legitimidad de imparcialidad se refiere a la necesidad de construir instituciones imparciales, garantes de la confianza, la autoridad y, en consecuencia, de la legitimidad democrática. Esto supone la voluntad política de desmantelar expresiones institucionales con altos grados de corrupción, generalmente al servicio de grupos de poder pertenecientes al gobierno de mayorías, es decir, subordinadas al poder político de turno, que las presiona para lograr declaraciones, resoluciones, sentencias y fallos en materia jurídica, administrativa o electoral a la carta. Esto supone también que la creación de regulación —sea legislativa o administrativa— en temas tan sensibles como los de materia social, económica o ambiental sea tratada sin intromisión del poder de turno y sea reflejo de la concreción del bien común y de los derechos y garantías constitucionales.
La legitimidad de reflexividad se opone a las decisiones inmediatas, es decir, a los afanes de ver realizada instantáneamente la decisión política sin que medie la reflexión, la deliberación y el debate. La legitimidad de reflexividad supone tomar en serio las instituciones democráticas en la construcción colectiva de las decisiones políticas. La democracia representativa y participativa supone la puesta en práctica de instituciones como los parlamentos, las asambleas legislativas, los foros de debate y el control de constitucionalidad. Respecto a este último, Pierre Rosanvallon reflexiona sobre la naturaleza de las cortes o tribunales constitucionales que, si bien tienen en sus manos un control contramayoritario —es decir, apegado a la Constitución frente a posibles decisiones poco razonables de la mayoría—, su función actual se encuentra en dar certidumbre y confianza a largo plazo a las decisiones políticas; y esto solo es posible velando por el respeto a las instituciones democráticas. Esto quiere decir: poner límites al afán centralizador de las decisiones políticas del órgano ejecutivo y abrir el respeto a la separación y división de poderes, en particular en el cumplimiento de los sistemas de frenos y contrapesos, en busca de una práctica democrática altamente participativa y deliberativa.
La legitimidad de proximidad se opone a los excesos de la representación, cuando el representante sustituye a un ausente y, a la vez, confirma de esa manera su ausencia. La falta de legitimidad de un gobierno empieza cuando el ciudadano —o la ciudadanía en general— siente que el gobierno que los representa es, en realidad, indiferente y cada vez más lejano de ellos: de la ciudadanía que lo eligió y también de la que no lo eligió. Esta sensación de lejanía del gobierno electo respecto del pueblo sobre el que gobierna empieza a producir espacios, organizaciones y redes sociales en abierta crítica y desprestigio al gobierno de turno, enfatizando cada vez más en que es un gobierno temporal, que pronto acabará o que pronto se generarán las condiciones para que renuncie o sea reemplazado. ¿Cómo lograr la legitimidad de proximidad? Contrarrestando la percepción de lejanía del gobierno, no solo a partir de estrategias mediáticas, sino a partir de la construcción efectiva de canales de comunicación y participación con la sociedad. Esto supone la suma de las otras formas de legitimidad —de origen, funcional, de imparcialidad y de reflexividad— en un programa de trabajo político con el pueblo y la ciudadanía, no solo con quienes votaron al gobierno, sino con todos. Allí opera de muy buena manera la construcción de escenarios de diálogo y deliberación, de razones públicas dispuestas a la construcción razonable de las decisiones políticas.
De acuerdo con Rosanvallon, estas tres formas de legitimidad —de imparcialidad, de reflexividad y de proximidad— fortalecen y complementan el sistema binario tradicional de legitimidad democrática —legitimidad de origen y legitimidad funcional—, en particular para emprender reformas de largo plazo, es decir, reformas que construyan una temporalidad social que reduzca la incertidumbre y afiance la autoridad.
La legitimidad no es más que la producción de una autoridad en el tiempo, autoridad que permite transformar el tiempo social en destino común. Los grandes gobernantes son los que saben dirigir el tiempo; cuando al gobernante le falta legitimidad, podríamos decir que su tiempo ha terminado o que su tiempo ya no es el nuestro: ya no es más un gobernante democrático.


