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Asamblea suspende de forma definitiva a Roger Mariaca como Fiscal General

La Asamblea Legislativa dispuso este viernes la suspensión definitiva de Roger Rider Mariaca Montenegro del cargo de Fiscal General del Estado, con efecto inmediato y cese de sus funciones.

La decisión fue adoptada en aplicación del parágrafo VI del artículo 25 de la Ley 260, Ley Orgánica del Ministerio Público, modificado por la Ley 1773, promulgada este viernes 2 de octubre de 2026.

Mediante una resolución, la Asamblea determinó la “suspensión definitiva” de Mariaca y estableció que la medida implica la interrupción inmediata de sus funciones al frente del Ministerio Público.

La resolución también deja sin efecto la Resolución de la Asamblea Legislativa Plurinacional N° 020/2023-2024, de 21 de octubre de 2024, mediante la cual se había formalizado anteriormente su designación como Fiscal General del Estado.

La determinación se produce horas después de que el presidente Rodrigo Paz promulgara la Ley 1773, que incorporó un nuevo mecanismo para la suspensión definitiva del Fiscal General y la designación de una autoridad interina.

La nueva norma establece que, una vez dispuesta la suspensión, la Asamblea debe designar a un fiscal general interino, quien permanecerá en el cargo hasta que se concrete la elección y designación de un nuevo titular conforme al artículo 227 de la Constitución Política del Estado.

Mariaca se encuentra bajo custodia y fue imputado por los presuntos delitos de tráfico de sustancias controladas y organización criminal. La Fiscalía solicitó seis meses de detención preventiva para él y otros tres imputados: el fiscal departamental de Santa Cruz, Alberto Zeballos; el fiscal superior Martín Irusta y el mayor de Policía Rubén Aparicio.

Los cuatro fueron convocados a una audiencia de medidas cautelares fijada para las 05:00 de este sábado, donde un juez deberá definir su situación jurídica.

Con la resolución aprobada este viernes, Mariaca deja de ejercer formalmente el cargo de Fiscal General del Estado y se activa el mecanismo previsto por la Ley 1773 para garantizar la continuidad de la conducción del Ministerio Público.

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