La Sala Constitucional del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba declaró la nulidad de la apertura del juicio de responsabilidades iniciado en 2009 contra exministros del gobierno de Gonzalo Sánchez de Lozada, entre ellos José Carlos Sánchez Berzaín, por los hechos de octubre de 2003.
La resolución surgió de una acción de libertad presentada por la abogada Patricia Cleobereida Guevara, en representación de exintegrantes del gabinete de Sánchez de Lozada. El recurso cuestionó la persecución judicial derivada de los hechos conocidos como “octubre negro” o “guerra del gas”.
El fallo declaró la “nulidad de pleno derecho” de la apertura del juicio de responsabilidades del 25 de marzo de 2009 y de los actos posteriores vinculados con ese proceso.
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La resolución complementaria estableció que la nulidad implicaba que el proceso “no había nacido a la vida jurídica, por ende, sin eficacia legal”, según el documento citado en la información proporcionada.
Como consecuencia, la Sala Constitucional dispuso el cese de las medidas restrictivas de derechos fundamentales que se hubieran emitido contra los exministros dentro de ese proceso, incluidas órdenes y mandamientos de aprehensión.
La acción favoreció a los exministros que presentaron el recurso y no modificó de forma general las decisiones judiciales relacionadas con otras personas procesadas por los hechos de 2003.
El juicio de responsabilidades anulado se había iniciado contra Sánchez de Lozada, integrantes de su gabinete y miembros del Alto Mando Militar por los hechos que precedieron a la renuncia del entonces presidente el 17 de octubre de 2003. El proceso derivó en condenas contra algunos de los acusados, mientras otros abandonaron el país.
Sánchez Berzaín salió de Bolivia junto con Sánchez de Lozada el mismo día de la renuncia presidencial y posteriormente recibió asilo político en Estados Unidos. Desde entonces, sostuvo que el proceso judicial respondió a una persecución política.
La decisión de la Sala Constitucional todavía debe cumplir el trámite de consulta de oficio ante el Tribunal Constitucional Plurinacional, instancia que deberá revisar la resolución antes de que concluya el procedimiento constitucional.
El fallo abre un nuevo escenario jurídico para las exautoridades involucradas en el proceso por los hechos de octubre de 2003 y vuelve a poner bajo debate las actuaciones judiciales desarrolladas durante más de una década en torno al denominado “octubre negro”.
